*Regulación de 1996, Reformada en 2008 por PRI-PAN-PRD
Política Al Margen
Por Jaime Arizmendi
Argonmexico / ¿Sobrerreprequé?… Casi 36 millones de votos obtuvo Morena el 2 de junio en la contienda presidencial; y en la elección para el Senado triunfó en 29 de las 32 entidades del país: en 10 estados ganó solo como partido, en otros 19 logró la victoria en coalición con el Partido del Trabajo y el Verde Ecologista. Fue segundo en Aguascalientes y Querétaro; tercero en San Luis Potosí.
Tras la jornada electoral más grande de la historia del país, mientras el PRD pierde el registro, Movimiento Ciudadano (MC), se constituyó en la fuerza de mayor crecimiento a escala nacional. Al mantener la gubernatura de Jalisco, la segunda posición en Nuevo León y aumentar su votación en Campeche. obtendrá mayor presupuesto.
Respecto al debate de la sobrerrepresentación, la secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde Luján intervino en la conferencia mañanera de este jueves para recordar que tanto en la Constitución, como en el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), se establece con claridad que esa regulación se aplica a partidos y no a coaliciones.
A casi 40 días de la renovación del Congreso de la Unión, desde el Salón Tesorería la funcionaria expuso en torno a la sobrerrepresentación que, en el año 1996 se introdujeron dos reglas en la Constitución: la Primera estableció que ‘ningún partido político podrá contar con más de 300 diputados’, sea por la vía de mayoría o con la plurinominal.
Dos meses después, en ese mismo año, se reformó también el Cofipe, pero entonces se introdujo una regla específica en relación a las coaliciones, para distribuir las diputaciones plurinominales: ‘tratándose de coaliciones se va a contemplar como si se tratara de un solo partido político’.
Para exponer: ¿Y qué dice el artículo 59-A del entonces Cofipe? Dice: ‘A la coalición le serán asignados el número de senadores y diputados por el principio de representación proporcional que le correspondan como si se tratara de un solo partido’.
Que, ‘en ningún caso un partido político podrá contar con un número de diputados por ambos principios —por mayoría o plurinominales— que representen un porcentaje del total de la cámara que exceda en ocho puntos a su porcentaje de votación nacional’. Es decir, la votación total emitida por un partido más ocho puntos porcentuales será el límite máximo que podrá tener ese instituto político respecto a la asignación de curules de diputados.
Sin embargo, mediante una reforma a ese artículo en 2008, se eliminó por completo dicha regulación, cuando PAN, PRI y Verde Ecologista por mayoría eliminaron este párrafo 4º del artículo 59A, que era la regla sobre las coaliciones. A partir de entonces, la asignación ha sido por partidos políticos y no por coaliciones.
Al referir que después del 2008, en los comicios del 2009 hubo coalición PRI-Verde Ecologista, también PT y lo que era Convergencia, hoy Movimiento Ciudadano. “¿Cuál fue la distribución de los diputados plurinominales? por partido, no por coalición. Por partido, como dice la Constitución.
“En la elección de 2012 hubo coalición del PRI, del Verde, de Nueva Alianza, también del PRD, PT y Movimiento Ciudadano, ¿y cómo se distribuyeron los diputados?, por partido. En 2015 hubo coalición de PRI-Verde Ecologista, y del PRD-PT, ¿y cómo se distribuyeron los diputados?, por partido.
“En 2018: PRI-Verde-Nueva Alianza, Morena ya como partido político, con Encuentro Social y PT, PAN, PRD, Movimiento Ciudadano, y nuevamente, de acuerdo a la Constitución, la distribución fue por partido, no por coalición. Finalmente, en 2021, cuando se coaligaron PRI-PAN-PRD, y Morena-PT-Verde, nuevamente de acuerdo a nuestra Constitución la distribución fue por partido”.
Así, con la reforma en 2008 del Cofipe, se elimina la regla específica que decía que las coaliciones se contarían como partidos políticos, y se inició la distribución de plurinominales tomando en cuenta los sufragios para los partidos políticos.
De modo que, con la reciente elección, la siguiente Legislatura se integraría: en el caso de Morena, 161 diputados por mayoría, distritos ganados. El cálculo, de acuerdo al criterio por partido político, sería que obtendría 87 diputados por representación proporcional; es decir, plurinominales, para un total de 248 curules. No más de 300, como marca la Constitución que regula la sobrerrepresentación.
Prosigue la titular de la Segob: ¿Cuál fue la votación emitida por Morena? 46.54 por ciento. Si se incluyen los diputados plurinominales, alcanza una representación de 49.6 por ciento, “no excede la segunda regla establecida por nuestra Constitución.
“En el caso del PT: 38 diputados por mayoría, 12 sería la asignación de representación proporcional, dando un total de 50. El PT obtuvo 5.8 por ciento de la votación, obtendría el 10 por ciento de representación en la cámara.
“El caso del Verde Ecologista, del PAN, del PRI, del PRD y de Movimiento Ciudadano, lo mismo, en ningún caso se transgreden estas dos reglas básicas de nuestra Constitución, que no excedan 300 y que no excedan la votación total más el ocho por ciento”.
Luisa María Alcalde remarcó: ¿Qué sucede o por qué esta discusión? De acuerdo a las reglas hoy establecidas en nuestra Constitución, la coalición Morena-PT-Verde Ecologista obtendría 373 diputadas y diputados; es decir, una mayoría calificada, la cual posibilita modificar la Constitución, no solamente las leyes.
“¿Por qué esta discusión? ¿Y por qué no quieren que se siga con el mismo criterio que establece nuestra Constitución y que se ha mantenido desde 2008? ¿Por qué ahora dicen ‘no, que no sea por partido, que sea por coalición’?
“Porque no quieren que se obtenga la mayoría calificada, con la posibilidad de reformar la Constitución y así llevar a cabo la reforma al Poder Judicial, y con ello que la gente pueda votar por jueces, magistrados y ministros. En el fondo eso es lo que está sucediendo y por eso hoy ya no les gustó el criterio que se ha mantenido siempre, ahora dicen que no sea por partido, que sea por coalición”.
En tanto, aunque la calificación de las votaciones para senadores es todavía preliminar, por las impugnaciones de los partidos que buscan lograr más escaños; de los 28 integrantes de la saliente Legislatura que consiguieron reelegirse, 19 forman parte de la coalición Sigamos Haciendo Historia, y otros nueve son de la alianza opositora.
Los comicios del 2 de junio ofrecieron a las y los senadores la oportunidad de buscar la reelección por primera vez. Por lo menos 15 abanderados por Morena, su partido original, o por reacomodo partidista. Finalmente, todo indica que la conducción de la 4-T en la Cámara alta corresponderá al tabasqueño Adán Augusto López Hernández.
Quiénes hicieron campaña para repetir escaño: Ana Lilia Rivera Rivera, José Antonio Álvarez Lima, Verónica Camino Farjat, Higinio Martínez, Jorge Carlos Ramírez Marín (PVEM), Soledad Luévano, Félix Salgado, Margarita Valdez, Alejandro González Yáñez (PT), Sasil de León, Lucía Trasviña y José Ramón Gómez Leal. Mientras hay quienes ni el calzado se ensuciaron…
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